Devolución del IVA a los GAD aplica desde agosto 2021

La reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno, publicado en el Registro Oficial el viernes 2 de julio, establece los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), empresas públicas, universidades y escuelas politécnicas retendrán el 100% del impuesto del valor agregado (IVA) pagado por bienes y servicios.

La normativa establece que los montos retenidos ya no sean depositados en las cuentas del SRI, como hasta ahora, sino que permanezcan en las cuentas de cada ente u organismo para su presupuesto. El expresidente Lenín Moreno había vetado totalmente la reforma por considerarla inconstitucional, sin embargo, la Corte Constitucional declaró improcedente la objeción presidencial y dio paso a la publicación de la norma.

La Corte argumentó que la devolución del IVA a los GAD (juntas parroquiales, municipios y prefecturas), empresas públicas, universidades y escuelas politécnicas está establecida en la Constitución y que la reforma solo cambia el mecanismo. Es decir, lo generado por este tributo ahora se quedará en gobiernos locales y entes previstos en el texto.

Simón Cueva, ministro de Finanzas señaló en una entrevista que el Gobierno respeta la división de poderes y que acatará la decisión del organismo constitucional. Además dijo que esta decisión genera impactos en la caja fiscal. Primero, porque dejan de ingresar recursos que llegaban al fisco por un tiempo. 

Finanzas devolvió en 2020 a los GAD un total de USD 292 millones. Otro impacto es que la Ley acelera el pago de deudas heredadas de gobiernos anteriores.

Edwin Miño, director del Consorcio De Gobiernos Autónomos Provinciales Del Ecuador, aseguró que: “El mecanismo de retención será sencillo. Lo generado por IVA ya no depositaremos en las cuentas del SRI, solo lo registraremos en las facturas. Esto no afectará en nada en el proceso de recaudación”.

Javier Bustos, experto tributario, señaló que esta reforma entrará en vigencia el 1 de agosto porque la declaración de las retenciones es mensual y se inicia el primer día hábil de cada mes. Agregó que, al momento falta un reglamento para aplicar la normativa. (I)

Fuente: El Comercio

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