La Fiscalía del Ecuador había presentado más de 80 elementos de convicción en contra de Miguel Ángel Nazareno, no obstante el juez Carlos Bowen dictó sobreseimiento a favor de Don Naza, su conyugue Gabriela B., y Dayana S., por el delito de captación ilegal de dinero y ordenó que se levanten todas las medidas cautelares dictadas en su contra. Fiscalía apeló de forma oral esta decisión.
Es decir con la muerte de Don Naza, se termina el proceso judicial y por lo tanto ya no puede ser investigado ni sancionado por la Función Judicial. El artículo 72 de Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece siete formas de extinción de la pena, una de ellas es la muerte del implicado. El pedido de extinción de pena debe resolver un juez, en una audiencia.
Con respecto al sobreseimiento, es un tipo de resolución judicial que dicta un juez o un tribunal, suspendiendo un proceso por falta de causas que justifiquen la acción de la justicia. Entonces, el sobreseimiento es la falta de pruebas o demasiadas dudas razonables respecto a la participación de los acusados dentro de los delitos señalados. (I)